También llamada “LEY DE LA MEMORIA HISTÓRICA” o LEY DE NIETOS
1. ¿Quiénes pueden optar a la nacionalidad española de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre?
2. ¿A partir de cuándo se puede optar a la nacionalidad española de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre?
3. ¿Qué documentación hay que presentar para poder solicitar la opción por la nacionalidad española?
4. ¿Dónde puedo conseguir las certificaciones literales de nacimiento requeridas?
5. ¿Cómo se van a resolver las solicitudes de opción a la nacionalidad española?
6. Una vez haya optado por la nacionalidad española, ¿podrán hacerlo mis descendientes?
7. ¿Dónde se puede optar a la nacionalidad española de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre?
Esta página ha sido elaborada a partir de la Instrucción de 4 de noviembre de 2008 de la DGRN del Ministerio de Justicia, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007.
Fuente: www.maec.es
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